LoGos escribió:danielrau escribió:Tengo un amigo abogado que ha ganado ya varias multas por telefono movil de varios clientes,un recurso muy facil...en el boletin de denuncia jamas ponen el modelo, color etc del movil del denunciado...el recurso asi le ha valido para ganar varios juicios contra la dgt puesto que los agentes no saben el modelo nunca...
Acaso se considera el telefono movil el objeto de la infraccion....?? Como sino se puediera cambiar de movil o tener mas de uno en propiedad. Como si por matar a alguien no te juzgaran por no saber la marca del cuchillo...Eso no tiene ni pies ni cabeza, las anularan por algun defecto de forma no por eso...
Logos el objeto de la infracción claro que es el teléfono móvil, igual que son los auriculares o lo es el cinturón de seguridad si no lo llevas puesto...ahí está el tema, el agente no recuerda el modelo de teléfono que tenia el infractor.
Esto es como en los botellones aquí en Madrid, puedes ganar un recurso tan fácil como exponiendo que los agente en ningún momento han realizado un estudio de las bebidas que te están retirando o haciendo tirar a la basura, y esto dicho por un agente municipal.
No es porque sea mi amigo, yo no me quiero ver en el papel de que me multen por hablar con el móvil porque no me fio de ningún tipo de recurso...